Directrices del programa para gestores de proyectos municipales

FAQ sobre arte público Directrices del programa para gestores de proyectos municipales

Introducción El Programa de Arte Público de Denver se creó en 1988 mediante la Orden Ejecutiva nº 92 del alcalde Federico Peña. El objetivo de la Orden era "...establecer políticas y procedimientos para la financiación y puesta en marcha de un programa de arte público para la ciudad y el condado de Denver". La intención del programa era "...ampliar las oportunidades de los residentes de Denver de experimentar el arte en lugares públicos, creando así entornos visualmente más agradables y humanos". La Orden establecía que el 1% del presupuesto de construcción de cualquier proyecto de mejora de capital de más de un millón de dólares emprendido por la Ciudad se reservara para la inclusión del arte en el diseño y la construcción de nuevos proyectos y fomentaba la participación de dólares privados para reforzar este compromiso público. El texto revisado del Programa de Arte Público se presentó al Ayuntamiento y se convirtió en ley en 1991. La Ordenanza de Arte Público de Denver puede consultarse en el Código Municipal Revisado de Denver [DRMC] 20-85. Arts & Venues Denver supervisa el Programa de Arte Público y orienta sus actividades. Las siguientes directrices pretenden aclarar los procedimientos del arte público y responder a las preguntas que los gestores de proyectos de mejora de la capital y otros empleados municipales puedan tener sobre nuestro programa. Si tiene más preguntas, póngase en contacto con Michael Chavez, Director del Programa de Arte Público, en el 720-865-4308 o en michael.chavez@denvergov.org. PREGUNTAS FRECUENTES "¿Cómo puedo determinar si mi proyecto reúne los requisitos para el Programa de Arte Público?". De acuerdo con el D.R.M.C. 20-85 y siguientes, el Programa de Arte Público se aplicará a todos los Proyectos de Mejoras Capitales de la Ciudad cuyo coste presupuestado de construcción y diseño para un único proyecto o para el total de dichos proyectos multifase sea igual o superior a un millón de dólares ($1.000.000,00). Para calcular si un proyecto reúne los requisitos para su inclusión en el Programa de Arte Público se incluirá:
  • todos los costes asignados a los servicios de diseño (incluyendo ingeniería, arquitectura, evaluaciones geotécnicas, topografía y observación in situ)
  • contingencia de diseño en el presupuesto
  • todos los costes asignados a los servicios de construcción (incluidos los servicios previos a la construcción, los servicios de gestión de la construcción, la supervisión y la administración de la construcción) todos los costes materiales de la construcción [materiales, mano de obra, equipos y costes de subcontratistas, etc.] y las pruebas de materiales, la inspección y la puesta en servicio)
  • imprevistos de construcción en el presupuesto
Todas las fuentes de financiación (PIC, bonos, subvenciones, donaciones, etc.) deben incluirse en el cálculo del coste total del proyecto. Además, si un proyecto está dividido en fases, deben incluirse todas las fases del proyecto. Esto se aplica incluso si ninguna fase del proyecto supera el millón de dólares. El cálculo se basa en la totalidad del proyecto, no en una fase individual. El cálculo total incluirá, como mínimo, el importe máximo del contrato de cualquier acuerdo de servicios de diseño ejecutado en el marco del proyecto, el importe máximo del contrato a tanto alzado del precio máximo garantizado ("GMP") de cualquier contrato de servicios de diseño/construcción ejecutado en el marco del proyecto más todos los imprevistos de diseño y construcción que no se asignen en el momento de la contratación. Si el total de estos costes combinados es igual o superior a un millón de dólares (1.000.000,00 $), el director del proyecto deberá crear una partida separada (véase la sección siguiente) designada para Arte Público en su presupuesto y notificar a Gestión Presupuestaria y al Programa de Arte Público que el proyecto reúne los requisitos para el arte. Los costes de adquisición de bienes inmuebles, los honorarios de gestión del proyecto y los costes de mobiliario, instalaciones y equipos, a menos que se incluyan en el contrato de construcción, no deben incluirse en el cálculo para determinar si un proyecto alcanza el umbral de 1 millón de dólares establecido en el DRMC 20-85 y siguientes. "¿Qué tipos de proyectos pueden acogerse al Programa de Arte Público?" (Inclusiones y exclusiones) La ordenanza de Arte Público establece que el Programa de Arte Público debe aplicarse a cualquier proyecto que cumpla los criterios de umbral descritos anteriormente y que también implique mejoras o la nueva construcción de un "edificio o estructura, carretera, paisaje urbano, centro comercial peatonal o plaza o parque" o cualquier otro proyecto que incluya "espacio terminado para la ocupación humana" y estará "disponible para la vista del público." (véase en general DRMC 20-86 (b)) El Programa no se aplicará a mejoras temporales, proyectos ordinarios de reparación y mantenimiento, proyectos mecánicos y eléctricos y otros proyectos no disponibles a la vista del público y para ocupación humana. En última instancia, si queda alguna duda sobre la aplicabilidad del proyecto al Programa de Arte Público, el proyecto deberá ser revisado caso por caso por Arts & Venues Denver y la Fiscalía Municipal. Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con Michael Chavez, Director de Arte Público: 720-865-4308 o michael.chavez@denvergov.org. "No estoy seguro de que mi proyecto cumpla los requisitos para ser Arte Público: ¿quién toma la determinación final?". Si tiene alguna pregunta sobre si un proyecto concreto puede ser objeto de un encargo de arte público, póngase en contacto con el responsable de arte público, Michael Chavez. "Mi proyecto cumple los requisitos para el Programa de Arte Público, ahora ¿cómo determino el presupuesto de Arte Público?". Una vez que se ha determinado que un nuevo proyecto puede acogerse al Programa de Arte Público, los gestores del proyecto deben reservar un uno por ciento del coste total de construcción presupuestado del proyecto de mejora de capital para destinarlo a la planificación, diseño y construcción de Arte Público y a la reparación de Arte Público. El cálculo del "uno por ciento" se basa en:
  • todos los costes asignados a los servicios de construcción (incluidos los servicios previos a la construcción, los servicios de gestión de la construcción, la supervisión y administración de la construcción, todos los costes materiales de la construcción [materiales, mano de obra, equipos y costes de subcontratistas, etc.] y las pruebas de materiales, la inspección y la puesta en servicio)
  • imprevistos de construcción en el presupuesto
De nuevo, todas las fuentes de financiación (PIC, bonos, subvenciones, donaciones, etc.) deben incluirse en el cálculo del coste total del proyecto. Si el proyecto se realiza por fases, todas las fases del proyecto deben incluirse en el cálculo del coste total de construcción. Se recomienda que esta asignación porcentual se produzca tan pronto como se establezca el presupuesto de mejoras de capital, para garantizar que los artistas y las obras de arte puedan coordinarse en el proceso de diseño y construcción. La asignación no debería producirse más tarde del momento de la contratación de la construcción y probablemente debería producirse antes para aprovechar esa coordinación. Si el alcance de un proyecto aumenta "materialmente", lo que conlleva un incremento del presupuesto total de construcción, se recomienda que la financiación del uno por ciento destinada al programa de arte público aumente proporcionalmente. Tal situación podría considerarse análoga a un proyecto "multifase" como el descrito anteriormente. "¿Cómo reservo fondos para el Programa de Arte Público?" En el momento en que se consigna el presupuesto de un proyecto de mejora de capital, se le asigna un número de proyecto. El presupuesto para el arte público de ese proyecto se colocará bajo el mismo número de proyecto pero con una "A" al final para identificar el dinero como presupuesto de arte. Los números de fondo y org seguirán siendo los mismos para el proyecto de mejora de la capital y el arte. Esta secuencia de números de fondo/org/proyecto asegurará que los costes totales del proyecto de mejora de capital se mantengan juntos. A continuación se muestra un ejemplo de presupuesto de un proyecto de mejora de capital y su presupuesto de arte. Nombre del proyecto Fondo Org Número de proyecto Puente peatonal de la calle 16 sobre la I-25 31020 5011102 PA01800_022 Puente peatonal de la calle 16 sobre la I-25 Art 31020 5011102 PA01800_022A La agencia con el proyecto de mejora de capital debe presentar un plan de presupuesto de gastos que traslade el presupuesto de arte del proyecto de mejora de capital al proyecto de arte. Presupuesto y Gestión aprobará estos planes de presupuesto de gastos y será responsable de establecer el nuevo número de proyecto de arte en PeopleSoft. "¿Cuándo reservo fondos para el Programa de Arte Público?" Aunque la Ordenanza de Arte Público no especifica cuándo deben reservarse los fondos para el Arte Público, se recomienda que esta asignación porcentual se produzca tan pronto como se establezca el presupuesto de mejoras de capital, para garantizar que los artistas y las obras de arte puedan coordinarse en el proceso de diseño y construcción. La asignación no debería producirse más tarde del momento de la contratación de la construcción y probablemente debería producirse antes para aprovechar esa coordinación. ¿Qué ocurre si se aumenta/amplía el presupuesto de un proyecto? Es política y práctica del DOCA aplicar el Programa de Arte Público de manera justa y coherente. Si un proyecto aumenta "materialmente" su alcance, dando lugar a un aumento del presupuesto total de construcción, para garantizar una aplicabilidad coherente, el uno por ciento de financiación para el programa de Arte Público debería aumentarse proporcionalmente. Tal situación sería análoga a un proyecto "multifase" como el descrito anteriormente. En circunstancias extraordinarias, sin embargo, los presupuestos de los proyectos pueden incrementarse significativamente durante las fases de diseño y/o construcción para hacer frente a problemas imprevistos o reclamaciones que no podrían haber sido razonablemente cubiertas por las contingencias del proyecto. En este caso, el espíritu y la intención de la Ordenanza de Arte Público pueden estar mejor servidos si no se aumenta el presupuesto de Arte Público en consecuencia. Si queda alguna duda sobre la aplicabilidad o la cuantía del presupuesto del proyecto para el Programa de Arte Público basada en un aumento o ampliación del presupuesto de un proyecto, el proyecto deberá ser revisado caso por caso por la Oficina de Asuntos Culturales de Denver y la Fiscalía Municipal. Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con el Director de Arte Público, Michael Chavez: 720-865-4308 o michael.chavez@denvergov.org. ¿Existe un plazo para comunicar un nuevo proyecto de Arte Público a DOCA/BMO? Una vez más, aunque la Ordenanza de Arte Público no especifica cuándo deben reservarse y/o gastarse los fondos para Arte Público, se recomienda que esta asignación porcentual se produzca tan pronto como se establezca el presupuesto de mejoras de capital, para garantizar que los artistas y las obras de arte puedan coordinarse en el proceso de diseño y construcción y, posiblemente, ahorrar dinero en el proceso. ¿Existe un plazo para gastar los fondos de Arte Público? El Proceso de Arte Público y la instalación de obras de arte pueden comenzar en cualquier momento tras la asignación de fondos para el proyecto. No hay límite de tiempo para gastar estos fondos. ¿Puede renunciarse a la financiación del arte público en circunstancias especiales? Por ordenanza, si un PIC cumple los requisitos para ser incluido en el Programa de Arte Público, no se puede renunciar a esos fondos por ningún motivo.